Es un deber de todos y de cada uno de los Estados, crear las vías de información eficientes y eficaces que permitan transmitir entre las organizaciones públicas y privadas que trabajan con las personas con discapacidad, los avances normativos y jurídicos que se alcancen para lograr crear la concientización de la no discriminación contra las personas con discapacidad. –
El Concepto de la palabra Discapacidad, significa una deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social. Estas pueden ser:
Es por esto, que cuando hablamos de los Derechos de las Personas con Discapacidad, estos han sido definidos como la prerrogativa de las personas a que se respete su Integridad Física, Mental y su Libertad en Igualdad de condiciones con las demás personas; además de estos derechos, está incluido el de no verse sometidos a discriminación fundamentada en la discapacidad, nacen de la dignidad y la igualdad que son inherentes a todo ser humano. –
Nuestra Constitución reconoce a las personas con discapacidad como sujetos con iguales derechos y deberes humanos, constitucionales y civiles, en el artículo 58 queda establecido: La Protección de las personas con discapacidad. El Estado promoverá, protegerá y asegurará el goce de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, en condiciones de igualdad, así como el ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades”
Contamos además con la Ley 5-13 Sobre Discapacidad en la República Dominicana del 16 de enero del año 2013 y el Reglamento 363-16 para la aplicación de la referida Ley. Pero a pesar de la existencia de ese Marco Jurídico, debemos de pasar de la teoría a la práctica, hace falta la implementación Conocimientos y estrategias que vayan en favor de fomentar la seguridad jurídica y la legitimidad democrática en un Estado de Equidad, que les prevea de ante mano los derechos que se les reconocen en nuestra Carta Magna, a todas las Familias que poseen un miembro con Discapacidad. –
Debemos empezar a educar desde nuestros hogares, escuelas, universidades, centros educativos a través de charlas, seminarios, conferencias, diplomados que se hable y se oriente sobre los Derechos de Inclusión e Integración de esta población, ya que la discapacidad es un tema complejo que no solo se circunscribe a una condición del individuo y que en ninguna circunstancia pudiera ser atendida como un “fallo” de la sociedad, sino como un elemento valioso dentro de su diversidad. –
Para lograr estos derechos se debe instaurar un presupuesto básico por parte del Gobierno, no sin antes realizar un Censo a nivel nacional, con el fin de crear la base de datos para el registro de las personas con discapacidad, en donde se registren todas y cada de una de las diferentes discapacidades, y así poder logar canalizar las necesidades de los sectores ya identificados, a través de la incorporación de Políticas Públicas y la integración de Políticas del Sector Privado, para que estas personas gocen de sus derechos plenamente y en igualdad de condiciones. –
POR MARITZA BOTIER L
La autora es abogada, catedrática y conductora de los espacios radilaes: Vida en Plenitud y Las Caras del Autismo. Redes sociales: @Maritza Botier
fuente:
https://elnuevodiario.com.do/la-persona-con-discapacidad-es-un-sujeto-de-derecho/